ES

Traducir:

¡Consigna tu propiedad en arriendo y/o venta en nuestra inmobiliaria!

  • INICIO
  • NOSOTROS
    • QUIENES SOMOS
    • NUESTROS SERVICIOS
    • COMPRA DE CARTERA
    • GLOSARIO INMOBILIARIO
  • ARRENDATARIOS
    • ENCUENTRA TU PROPIEDAD
    • PAGO PSE
    • ZONA CLIENTES (A)
    • PREGUNTAS FRECUENTES
  • PROPIETARIOS
    • ZONA CLIENTES (P)
    • PREGUNTAS FRECUENTES
  • PROVEEDORES
  • TRABAJA CON NOSOTROS
  • PQRS
  • Más
    • INICIO
    • NOSOTROS
      • QUIENES SOMOS
      • NUESTROS SERVICIOS
      • COMPRA DE CARTERA
      • GLOSARIO INMOBILIARIO
    • ARRENDATARIOS
      • ENCUENTRA TU PROPIEDAD
      • PAGO PSE
      • ZONA CLIENTES (A)
      • PREGUNTAS FRECUENTES
    • PROPIETARIOS
      • ZONA CLIENTES (P)
      • PREGUNTAS FRECUENTES
    • PROVEEDORES
    • TRABAJA CON NOSOTROS
    • PQRS

ES

  • INICIO
  • NOSOTROS
    • QUIENES SOMOS
    • NUESTROS SERVICIOS
    • COMPRA DE CARTERA
    • GLOSARIO INMOBILIARIO
  • ARRENDATARIOS
    • ENCUENTRA TU PROPIEDAD
    • PAGO PSE
    • ZONA CLIENTES (A)
    • PREGUNTAS FRECUENTES
  • PROPIETARIOS
    • ZONA CLIENTES (P)
    • PREGUNTAS FRECUENTES
  • PROVEEDORES
  • TRABAJA CON NOSOTROS
  • PQRS

Facturación Electrónica

Esta sección la hemos estructurado con el fin de atender las preguntas que pueden surgir con relación a la Facturación electrónica. 




Preguntas frecuentes

No, con la factura electrónica no se puede hacer el pago por ventanilla. Este solo se puede hace con el cupón de pago que es descargado en zona clientes. 


 El marco normativo sobre la facturación electrónica es :


  • Ley de crecimiento - Ley 2010 de 2019
  • Decreto 000358 del 5 de marzo de 2020


Es la evolución de la factura tradicional, para efectos legales tiene la misma validez que el papel, sin embargo, se genera, valida, expide, recibe, rechaza y conserva electrónicamente, lo que representa mayores ventajas. Tributariamente es un soporte de transacciones de venta de bienes y/o servicios. 


Son los documentos que permiten hacer cambios, ajustes y/o correcciones a las facturas electrónicas, como notas débito y/o crédito, las cuales de igual forma son electrónicas, se generan y transmiten a la DIAN para validación. 


La factura electrónica la recibes al correo electrónico registrado en formato XML y/o PDF . Esta misma factura la puedes descargar en la zona clientes. 


La factura electrónica no puede ser anulada,  se debe genera una nota crédito en caso que aplique. 


Si el adquiriente no está conforme con la factura  electrónica recibida, puede rechazarla, y para ello tiene un término de (3) tres días contados desde la fecha en que recibe la factura. 


Es así porque la ley dispone que, si la factura no se rechaza en los (3) tres días siguientes a su recepción, se entiende aceptada tácitamente, de suerte que si se pretende rechazar a los  cuatro (4) días ya no es posible por haberse configurado la aceptación tácita.



  • La Factura Electrónica hace a Colombia competitiva internacionalmente; busca que los colombianos accedan a nuevos mercados donde el tema digital es indispensable para realizar transacciones comerciales.
  • El exigir y recibir Factura Electrónica se apoya la sostenibilidad ambiental del planeta.
  • El tener las facturas electrónicas  ayuda a organizar la información de negocio, llevar cuentas, atender garantías, quejas o devoluciones.
  • Se tiene información actualizada y en tiempo real.


Fuente: https://www.dian.gov.co/


En el sistema de Factura Electrónica con Validación Previa, encuentras el ingreso a "Facturando Electrónicamente" y en la opción "Documento" con los datos de CUFE "Código Único de Factura Electrónica" se puede consultar la factura y su validación.


https://catalogo-vpfe.dian.gov.co/User/Login 


Las Facturas Electrónicas son validadas en tiempo real por la DIAN, es decir que toda Factura Electrónica que se genera (excepción las de contingencia) se envían a la DIAN para realizar las validaciones y así garantizar que tiene efectos fiscales.


Fuente: https://www.dian.gov.co/ 


De acuerdo con la Resolución 020 de marzo de 2019, se establece que los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición son:


  • Los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA).
  • Los responsables del impuesto nacional al consumo (ICA).
  • Todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, quienes ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de una actividad agrícola o ganadera, con excepción de los no obligados a expedir factura o documento equivalente.
  • Las personas que de manera voluntaria opten por expedir factura electrónica.
  • Los contribuyentes inscritos en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (Simple).


-Las propiedades y vídeos de nuestra página web son de carácter informativo y están sujetas a cambios- 

Todos los derechos reservados. Se prohíbe la reproducción total o parcial de cualquiera de los contenidos que aquí aparezca, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita.  


PBX:+57 60 6 880 83 83 

www.millanenlinea.com  


Calle 21 # 21 - 45 Edificio Millán & Asociados.  (Manizales, Caldas  - Colombia)  Cel. +57 300 912 1261 


 Calle 11 # 12b-20 Av. Circunvalar Barrio San José (Pereira, Risaralda - Colombia) Cel. +57  300 912 1949  

  • QUIENES SOMOS
  • COMPRA DE CARTERA
  • BLOG
  • TÉRMINOS Y CONDICIONES
  • POLÍTICA DE COOKIES
  • PROTECCIÓN DE DATOS
  • Facturación electrónica

MILLÁN & ASOCIADOS PROPIEDAD RAÍZ Copyright ©2021

Política de Cookies

MILLÁN & ASOCIADOS PROPIEDAD RAÍZ utiliza cookies.  Al seguir utilizando nuestro portal  aceptas nuestro uso de cookies. Si deseas conocer más sobre esta política puedes dar click aqui. 

Aceptar y cerrar