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Aquí podrás resolver las inquietudes con relación a los servicios públicos de la(s) propiedad(es).
El cobro de este servicio público es bimensual.
Puedes consultar y pagar por PSE esta factura dando CLICK AQUÍ.
No olvides tener el número de la cuenta contrato.
El cobro de este servicio público es mensual.
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Es responsabilidad del propietario entregar al momento del arrendamiento (entrega material) de la propiedad los servicios públicos al día, debidamente cancelados.
Se entiende que al arrendarse la propiedad se habla de la legalización tanto de contrato de administración/mandato), arrendamiento y entrega material de misma al arrendatario(a).
Una vez se hace entrega material de la propiedad al arrendatario(a), es el mismo quien debe realizar el pago de las facturas de servicios públicos.
El arrendatario hace llegar las facturas canceladas una vez la ocupación del inmueble junto con los soportes de pago.
Por parte de nuestra organización se realiza las liquidaciones respectivas conforme los periodos de facturación y fecha de ocupación de la propiedad y se hace el débito de los valores que correspondan a propietario de canon de arrendamiento previo al pago mensual.
Las facturas de SERVICIOS PÚBLICOS propios del predio, a partir de la fecha de la terminación del contrato de arrendamiento quedan a cargo del PROPIETARIO.
Entendiendo hay periodos de consumo que le corresponden al ARRENDATARIO se requiere la remisión de los soportes de pago y las facturas (legibles e imagen completa sin obstáculo en el contenido por ambas caras) una vez se realicen los pagos respectivos para con esto realizar el prorrateo y posterior reintegro de los valores que estén a favor del PROPIETARIO.
No. El PROPIETARIO no debe cancelar facturas a nombre del ARRENDATARIO tales como Claro, Une-Tigo entre otros.
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