Facturación Electrónica

Esta sección la hemos estructurado con el fin de atender las preguntas que pueden surgir con relación a la Facturación electrónica. 

No, con la factura electrónica no se puede hacer el pago por ventanilla. Este solo se puede hace con el cupón de pago que es descargado en zona clientes. 

Es la evolución de la factura tradicional, para efectos legales tiene la misma validez que el papel, sin embargo, se genera, valida, expide, recibe, rechaza y conserva electrónicamente, lo que representa mayores ventajas. Tributariamente es un soporte de transacciones de venta de bienes y/o servicios. 

La factura electrónica la recibes al correo electrónico registrado en formato XML y/o PDF . Esta misma factura la puedes descargar en la zona clientes. 

¡Sí, estamos encantados de confirmar que hacemos envíos internacionales! Ten en cuenta que no podemos entregar pedidos en algunos países. Pedimos disculpas por las molestias que esto pueda causar.

Son los documentos que permiten hacer cambios, ajustes y/o correcciones a las facturas electrónicas, como notas débito y/o crédito, las cuales de igual forma son electrónicas, se generan y transmiten a la DIAN para validación. 

La factura electrónica no puede ser anulada,  se debe genera una nota crédito en caso que aplique. 

Si el adquiriente no está conforme con la factura  electrónica recibida, puede rechazarla, y para ello tiene un término de (3) tres días contados desde la fecha en que recibe la factura. 

Es así porque la ley dispone que, si la factura no se rechaza en los (3) tres días siguientes a su recepción, se entiende aceptada tácitamente, de suerte que si se pretende rechazar a los  cuatro (4) días ya no es posible por haberse configurado la aceptación tácita.

En el sistema de Factura Electrónica con Validación Previa, encuentras el ingreso a “Facturando Electrónicamente” y en la opción “Documento” con los datos de CUFE “Código Único de Factura Electrónica” se puede consultar la factura y su validación.

https://catalogo-vpfe.dian.gov.co/User/Login

Las Facturas Electrónicas son validadas en tiempo real por la DIAN, es decir que toda Factura Electrónica que se genera (excepción las de contingencia) se envían a la DIAN para realizar las validaciones y así garantizar que tiene efectos fiscales.

Fuente: https://www.dian.gov.co/ 

  • La Factura Electrónica hace a Colombia competitiva internacionalmente; busca que los colombianos accedan a nuevos mercados donde el tema digital es indispensable para realizar transacciones comerciales.
  • El exigir y recibir Factura Electrónica se apoya la sostenibilidad ambiental del planeta.
  • El tener las facturas electrónicas  ayuda a organizar la información de negocio, llevar cuentas, atender garantías, quejas o devoluciones.
  • Se tiene información actualizada y en tiempo real.

Fuente: https://www.dian.gov.co/

De acuerdo con la Resolución 020 de marzo de 2019, se establece que los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición son:

  • Los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA).
  • Los responsables del impuesto nacional al consumo (ICA).
  • Todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, quienes ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de una actividad agrícola o ganadera, con excepción de los no obligados a expedir factura o documento equivalente.
  • Las personas que de manera voluntaria opten por expedir factura electrónica.
  • Los contribuyentes inscritos en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (Simple).
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